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Bonos descuento para incentivar el consumo

No pierdas la oportunidad de ofrecer a tus clientes el 50% de descuento financiado por el Cabildo de Gran Canaria y Cámara de Comercio de Gran Canaria sin que a ti te cueste nada.

Solo tienes que adherirte a esta beneficiosa campaña para tu negocio.

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¿Qué es Bono Gran Canaria? ¿Cómo funciona?

Son bonos que cuestan 25€ pero cuyo valor de compra en el establecimiento es de 50€. La diferencia de 25€ por bono la asume Cabildo de Gran Canaria y Cámara de Gran Canaria.


Para adquirir uno de los bonos es necesario ser mayor de edad. Compra máxima de 4 bonos por persona. En este caso, el cliente pagará 100€, aunque el valor real de compra será de 200, para consumir en cualquiera de los establecimientos adheridos a esta campaña.



La persona consumidora recibirá en su correo electrónico un enlace de descarga a un archivo (PDF) con un código QR que podrá descargar en su móvil o imprimir en papel. Ese es el QR que el establecimiento escaneará para recibir el pago por parte de Cabildo y Cámara de Gran Canaria a través de una aplicación móvil.



El Cabildo de Gran Canaria por medio de la adjudicataria abonará directamente al establecimiento el importe correspondiente TRAS LAS COMPROBACIONES PERTINENTES DEL CORRECTO USO DEL BONO EN EL LOCAL. No se devolverá la diferencia entre el precio de compra y el bono.



Siempre el importe total del ticket o factura PVP + IGIC Incluido debe ser mayor al valor total de los bonos canjeados. Así, para canjear 1 bono el ticket deberá ser igual o mayor a 50€, para canjear 2 bonos, el ticket deberá ser mayor a 100€ y así sucesivamente.



En el caso de devolución se sustituirá por otro producto del mismo establecimiento.



Es obligatorio que los establecimientos guarden una copia del ticket de compra para futuras comprobaciones.
Cuando se emita la orden de pago de las diferentes remesas, llegará a cada establecimiento un informe con los pagos que va a recibir. Es importante que se vayan comprobando los pagos realizados en cada remesa para evitar posibles incidencias finales



¿Qué requisitos debo cumplir?

- Podrán participar en el Programa los empresarios individuales o autónomos, microempresas o pequeñas empresas, de conformidad con lo previsto en el Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, que sean titulares de un establecimiento comercial abierto al público ubicado en cualquiera de los municipios de la isla de Gran Canaria.


- Estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en una actividad que esté encuadrada en alguno de los grupos y/o epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas, recogidos en el Anexo I de las presentes bases. Para ello deberán aportar un Certificado de Situación en el Censo de Actividades Económicas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), de antigüedad inferior a 3 meses, que acredite el alta en alguno de dichos grupos y/o epígrafes y el domicilio de la actividad


- Estar encuadrado dentro de alguno de los siguientes epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas (IAE). Consultar aquí.


-Deberán adherirse al Programa, en los plazos establecidos, mediante formulario online accesible a través de la plataforma web creada al efecto, conforme al Anexo II de las presentes bases. Para ello, deberán disponer de un certificado digital reconocido o de los sistemas de identificación y firma admitidos por la plataforma, garantizando así la identidad del solicitante.


-Aportar una imagen del establecimiento: foto o logo del establecimiento, en formato PDF o JPG.


-Aportar un certificado de titularidad de la cuenta bancaria u otro documento bancario donde conste el IBAN completo y la titularidad de la cuenta, donde se realizarán los abonos de los bonos canjeados.


-Suscribir la declaración responsable integrada en el formulario de la solicitud, que se acompaña como Anexo III a las presentes bases, donde se manifiesta la veracidad de los datos indicados, que cumple con todos los requisitos exigidos en estas bases, que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y, en su caso, de las obligaciones de reintegro de subvenciones, entre otros. Dicha declaración incluirá el compromiso de aportar la documentación que le sea requerida para comprobar los requisitos que declara cumplir.



Exclusiones

Están expresamente excluidos del presente Programa de Bonos Consumo:

a) Los negocios de alimentación pertenecientes a cadenas de distribución.

b) Los grandes almacenes y/o grandes superficies comerciales.

c) Las filiales de grandes firmas, franquicias o empresas de implantación nacional o internacional, salvo que se trate de empresas franquiciadas cuya franquiciadora tenga su domicilio social en la isla de Gran Canaria.



Productos excluidos

En ningún caso se permitirá canjear los bonos por tabaco o cigarros electrónicos; lotería y/o apuestas; recarga de teléfonos móviles; tarjetas o pin de compra por internet; tarjetas regalo; suscripciones a plataformas on line u otros productos relacionados; bonos regalo o productos o servicios para usar fuera de la vigencia del Programa.



Bases del concurso

- Para ver las bases de la campaña Bono Gran Canaria. Consultar aquí.



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